martes, 12 de noviembre de 2019

Desde una perspectiva general, la corrupción es la violación de una obligación por parte de alguien con capacidad de decisión, para obtener beneficio individual que no se deriva funcionalmente de la posición que ocupa. Como se desprende de esta definición, formas de corrupción pueden tener lugar en cualquier esfera de la sociedad, así sea pública o privada: en prácticas académicas, deportivas, religiosas, etcétera.
Como toda acción humana, la corrupción se le presenta al individuo como una forma de acceder a algo que le representa un bien. Este aparente beneficio que proporciona, a individuos o grupos, se obtienen a cambio de engañar a la sociedad, que es quien paga. Por eso los titulares de los bienes jurídico penales tutelados en los delitos cometidos por la sociedad, esa colectividad que sufre el resultado dañoso de las conductas antisociales respecto de las cuales se hace el juicio de reproche. Es así, con una visión global, como mejor se aprecia el problema.
Entonces tenemos varias formas de corrupción:
1. Privada.
2. Pública.
a) Política.
b) Administrativa.
La corrupción política es la más grave, pues compromete afectaciones de
todos los miembros de la comunidad, a veces incluso en las grandes decisiones. La corrupción administrativa no debe verse como poca cosa daña también pilares sobre los que esta construido lo jurídico administrativo.
Queda entonces claro que este complejo problema de la corrupción hiere a la sociedad y al Estado de Derecho. Por ello el Derecho Penal tutela estos bienes jurídicos como son la honestidad en el desempeño de la función pública,

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